Costa Rica: Defensoría logra que Salud mejore controles para atender quejas por ruido

La Defensoría de los Habitantes logró que el Ministerio de Salud emitiera una directriz para que todas las autoridades de salud del país cumplan, de manera uniforme, los procedimientos y conceptos establecidos en los Decretos Ejecutivos N°39428-S, “Reglamento para el Control de la Contaminación por Ruido”; y N° 32692, “Procedimiento para la Medición de Ruido”; ambos vigentes desde el año 2015.
La medida adoptada por el Ministerio de Salud se origina tras una investigación realizada por la Defensoría, ante denuncias de habitantes que alegaban afectación por actividades musicales y de animación; así como por juegos pirotécnicos que se realizan en un hotel cercano a sus viviendas.
En el estudio del caso, la Defensoría requirió informes del Área Rectora de Salud competente y logró constatar una serie de inconsistencias, contradicciones y no apego a las normas que rigen la materia de autorizaciones sanitarias y permisos sanitarios de funcionamiento.
También conoce la Defensoría denuncias relacionadas a que cada Área o ente del Ministerio de Salud aplica los Reglamentos de manera diferente; situación que genera incerteza y que ha sido utilizada por otros para evadir aplicación de normas y lograr ventajas en la consolidación de sus establecimientos.
Es por ello que la Defensoría, en un Informe Final con Recomendaciones, pidió al Ministerio de Salud girar una directriz de alcance de todas las Oficinas Regionales y Áreas Rectoras para que, entre otras cosas, se recuerde a las y los funcionarios el debido trámite en la atención de los casos. La Defensoría pidió a Salud instruir acerca de la importancia que el Informe Técnico, que debe acompañar las mediciones sónicas, cumpla con todos y cada uno de los aspectos contemplados en el artículo 8 del Reglamento de Procedimientos para la Medición de Ruido (tipo de ruido, características de la fuente emisora, número de mediciones efectuadas, mediciones obtenidas de la fuente generadora más ruido de fondo, etc).

También, la obligación de incluir en cada acta de inspección la fecha y el número de la denuncia que está motivando el acta. Y, que cada denuncia debe ser objeto de respuesta en razón de los derechos que le asisten a las y los habitantes. La Defensoría pidió al Ministerio de Salud que en dicha directriz se aclarara el uso correcto de términos como “contaminación por ruido” como corresponde
de acuerdo a las regulaciones existentes y no el de “contaminación sónica”. Y, para que se utilice el término “medición de ruido” previsto y definido en el nuevo Reglamento de Control de la Contaminación y no el de “medición sónica”. Asimismo, para que se utilice el término de “autorización sanitaria para actividades temporales” en el caso de evento, espectáculo o juego pirotécnico en vez de “permiso de funcionamiento”.
La Defensoría se muestra satisfecha con la decisión del Ministerio de Salud de acoger las recomendaciones; emitiendo una directriz de acatamiento obligatorio, y reconoce la disposición de las autoridades de regular la contaminación por ruido en aras de un ambiente sano y de la salud de la población.

Fuente: Oficina de Prensa, Defensoría de los Habitantes

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