COLOMBIA: Defensoría logra que menores de edad desvinculados de las “Bacrim” sean cobijados por los programas de reintegración del Estado
El organismo humanitario celebró la decisión adoptada por la Corte Constitucional, que en Julio del año pasado recibió una demanda presentada por la Entidad en ese sentido.
Con beneplácito recibió la Defensoría del Pueblo la decisión de la Corte Constitucional, para que los menores de edad desvinculados de los grupos post desmovilizados o “bandas criminales”, sean cobijados por los programas de asistencia del Gobierno, particularmente respecto a los procesos de reintegración social y económica.
Aunque la Corte declaró exequible la expresión “siempre que cuenten con la certificación de desvinculación de un grupo armado organizado al margen de la ley, expedida por el Comité Operativo de Dejación Armas (CODA)”- lo cual condiciona el beneficio-, para la Defensoría se trata de un paso adelante, pues si bien las llamadas “Bacrim” no son consideradas como grupos armados en el marco del conflicto, la situación de los niños, niñas y adolescentes por ellas reclutados es similar y peor que en las estructuras guerrilleras.
El Sistema de Alertas Tempranas de la Defensoría del Pueblo había advertido que el 65 por ciento de los informes de riesgo frente a la incorporación forzada e ilícita de menores de edad en el país correspondía precisamente a los grupos post desmovilizados, mientras la Defensoría Delegada para la Infancia y la Juventud ha señalado cómo los jóvenes que ingresan a estas organizaciones son utilizados en labores de microtráfico, extorsión y homicidios selectivos, entre otras prácticas, además de ser víctimas de conductas como la violencia sexual.
Al presentar la demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 190 de la ley 1448 de 2011, la Defensoría del Pueblo denunció el trato discriminatorio de la norma y la violación del derecho a la igualdad y a la reparación integral de las víctimas, toda vez que sólo los niños, niñas y adolescentes desvinculados de la guerrilla o de las autodefensas eran tenidos en cuenta para estos efectos.
Con la decisión de la Corte Constitucional, considera la Defensoría del Pueblo que será indispensable que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) modifique y ajuste sus procedimientos, a fin de garantizar la protección de los menores de edad desvinculados de las “bandas criminales”, y que la Unidad de Víctimas incorpore en sus procesos los mecanismos de reparación integral para esta población.
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