BOLIVIA: Defensoría del Pueblo exhorta a un acercamiento y a la aceptación de la diversidad sexual
La Defensoría del Pueblo ha tomado conocimiento de la convocatoria pública que han realizado algunas Iglesias evangélicas y un sector de la Iglesia Católica, apoyada por comités cívicos y diferentes organizaciones de la sociedad civil de Santa Cruz, a realizar una marcha en protesta a la promulgación de la Ley de Identidad de Género.
Ante esta convocatoria, la Defensoría del Pueblo del Estado Plurinacional de Bolivia manifiesta lo siguiente:
1. Llamar a las lideresas y los líderes religiosos del país, así como a toda persona que profese cualquier credo, a comprender que en esencia toda manifestación espiritual o religiosa se basa ancestralmente en el amor al prójimo, por lo que es altamente riesgoso apoyar y fomentar, so pretexto del uso de nombre de Dios y defensa de la familia natural, actos que vayan contra los derechos conquistados a través de años de lucha persistente por nuestras hermanas y nuestros hermanos, debiendo actuar en consecuencia a los valores que nuestra fe profesada, no cayendo en interpretaciones dogmáticas que fomentan la discriminación, el rechazo y el odio entre seres humanos.
2. Recordar que los Derechos Humanos, al ser producto de la evolución de las sociedades a través de la historia, tiene como constante el ampliar la dignidad, libertad e igualdad de las personas que históricamente han sido objeto de persecución, discriminación y otros actos contra su calidad y dignidad de seres humanos, afectando el pleno goce de derechos y a la realización como personas. En este sentido, la Defensoría del Pueblo celebra la labor legislativa del Estado Plurinacional de Bolivia en la promulgación de la Ley de Identidad de Género y manifiesta que continuará su misión incansable para que la comunidad de nuestras hermanas y nuestros hermanos Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transexuales e Intersexuales (LGBTI) goce del ejercicio pleno de los derechos fundamentales, considerando que el Parágrafo II del Artículo 14 la Constitución, así como el Artículo 5 de la Ley Contra el Racismo y toda Forma de Discriminación, prohíben toda forma de discriminación fundada en razón de sexo, orientación sexual e identidad de género, entre otras. De esta manera, la Defensoría del Pueblo, en cumplimiento de las atribuciones constitucionales y en virtud del principio de progresividad de los derechos humanos individuales y colectivos, promociona la vigencia de la Ley de Identidad de Género, se compromete a socializarla en todos los ámbitos públicos y privados, e investigar las violaciones de derechos de las personas de este grupo poblacional.
3. Los derechos fundamentales de libertad de expresión y de reunión, tienen límites en la Constitución y en Tratados y Convenios internacionales sobre Derechos Humanos. Así, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establece en su Artículo 18.3 que: “La libertad de manifestar la propia religión o las propias creencias estará sujeta únicamente a las limitaciones prescritas por la ley que sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la salud o la moral públicos, o los derechos y libertades fundamentales de los demás”. A su vez, la Convención Interamericana de Derechos Humanos, en su Artículo 12.3, manifiesta criterio casi idéntico. Esto implica que las creencias que una persona o un colectivo sostiene, no pueden ser impuestas sobre los derechos humanos de otros grupos, sin que sea necesario considerar que Bolivia es un Estado laico.
4. Considerar que el ejercicio de un derecho no puede estar motivado por intolerancia, irrespeto, ignorancia, discriminación u odio, en contra de ninguna persona o grupo, como es el caso de nuestras hermanas y nuestros hermanos transexuales y transgénero, más aún cuando el ejercicio de derechos de este colectivo poblacional no implica afectación alguna a los derechos de los grupos religiosos o políticos que pretenden manifestarse, pues la Ley de Identidad de Género no les restringe, reduce o limita derechos.
5. Recordar que fundamentalismo religioso y la intolerancia en todas sus formas han desencadenado no sólo acontecimientos vulneratorios de derechos humanos, sino incluso crímenes graves con desenlace trágico como los más de 64 asesinatos de personas LGTBI en el país en los últimos diez años, de los cuales sólo 14 llegaron a un proceso de investigación y ninguno obtuvo sentencia, quedando estos delitos en la impunidad, sin mencionar los casos de discriminación y violencia no denunciados o abandonados por temor a represalias. Un caso emblemático fue el ocurrido en octubre de 2012 en Santa Cruz, donde asesinaron a la transexual Luisa Durán con 52 puñaladas. En la Marcha del Orgullo Gay de 2007, en la ciudad de La Paz, en pleno desfile, individuos arrojaron un artefacto explosivo, dejando el saldo de seis personas heridas. En 2009, la lesbiana Virginia Huanca fue golpeada, violada y asesinada. En 2012, asesinaron a dos gays en La Paz, a uno de ellos en su propio domicilio y a otros tres en Santa Cruz. En 2015 hubo varios crímenes de odio en Chuquisaca, entre ellos el asesinato del activista gay Bladimiro de Jesús Macea Ramos, muerto por dos disparos en su peluquería; asimismo, el asesinato de la líder transexual Camila Flores; el de la mujer trans Charol y el de Paloma. En 2016 sucedió el asesinato de dos gays, también en Chuquisaca; a los dos los encontraron estrangulados en sus respectivos domicilios y uno de ellos fue violado, torturado y cercenado en sus genitales. También en 2016 se registró el asesinato de Varinia Buitrago en La Paz. El de la transexual Dayana Kenia, victimada en el local gay de su propiedad, fue encontrada maniatada y con heridas punzocortantes en el cuello y la espalda; y el asesinato de Carla Suárez, con rotura de extremidades superiores e inferiores, una abertura en su cabeza y con signos en la espalda de haber sido arrastrada. Entre estos hechos repudiables, cabe citar la reciente masacre con 49 muertos, acaecida en Orlando, Estados Unidos, entre muchos otros ejemplos históricos que se suscitaron en el mundo y que tuvieron consecuencias atroces, como hechos de odio y a la discriminación, razón por la que la Defensoría del Pueblo llama a los grupos religiosos y organizaciones políticas a deponer actitudes e incitaciones discriminatorias, recomendando la no utilización a niñas, niños o adolescentes y prescindir de convocar a unidades educativas.
6. Convocar a la sociedad civil en su conjunto a reflexionar sobre la importancia que tiene el ponerse en el lugar del otro, de nuestro prójimo; la empatía y la sensibilidad social con un enfoque humanista y de respeto a los demás; la no discriminación para la construcción de lazos de fraternidad hacia una paz perdurable y de mejores condiciones de vida y entendimiento entre todas las personas, instándola a sostener una convivencia armónica y en aceptación de las diversidades como una riqueza en unidad.
Finalmente, cabe citar la frase del Papa Francisco dicha a un transexual español en una visita al Vaticano: “¡Claro que eres hijo de la Iglesia!”. Hermanas y hermanos, si el Papa Bergoglio puede aceptar la existencia de todos los seres humanos, nosotros también tenemos esta tarea pendiente desde cualquier fe que se profese, como praxis del amor al prójimo.
FUENTE: Defensoría del Pueblo del Estado Plurinacional de Bolivia
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