BOLIVIA: Defensor identifica 12 problemas para acceder a las Prestaciones de Servicios de Salud Integral establecidos en la Ley 475

BOLIVIA: Defensor identifica 12 problemas para acceder a las Prestaciones de Servicios de Salud Integral establecidos en la Ley 475

Desconocimiento de la ley y sus reglamentos; limitada socialización, difusión, capacitación e información; problemas en las referencias y formularios; excesiva demanda de pacientes; retraso en los desembolsos por los gobiernos municipales; deficiencias en los primeros niveles de atención; incumplimiento del trato preferente; falta o insuficiencia de medicamentos y cobros adicionales por prestaciones, son algunas de las barreras que limitan el acceso de las y los pacientes a los servicios de salud que establece la Ley 475 promulgada en 2013, según informó el Defensor del Pueblo, Rolando Villena, a partir de una investigación realizada en septiembre del pasado año.

La autoridad presentó este jueves el informe del resultado de verificaciones realizadas a nueve hospitales públicos y 11 de la Caja Nacional de Salud, en ocho departamentos del país y que tuvieron como objetivo analizar el cumplimiento de los derechos señalados en esta Ley y detectar problemáticas en su aplicación sobre procedimientos de atención, condiciones adecuadas de acceso a las prestaciones y socialización y difusión de su contenido.

De acuerdo al informe presentado, más del 50% del personal de los hospitales visitados desconoce los alcances de la Ley 475 y sus reglamentos, así como las prestaciones que otorga y el procedimiento de atención.  El desconocimiento es mayor en los hospitales de la Seguridad Social.

Otro de los graves problemas identificados es la sobresaturación de pacientes. “Existe una sobrecarga laboral y excesiva demanda de servicios debido a la cantidad de asegurados, beneficiaros y usuarios que supera la capacidad de atención de los centros verificados, lo que ocasiona que algunos centros de salud deban rechazar la atención por la falta de espacio, de camas disponibles, de médicos y de especialistas”, señala el documento. Para evitar este extremo “en algunos casos habilitan colchonetas para la atención o improvisan ambientes y oficinas para este fin”.

El estudio también alude a la tardanza de los desembolsos de los municipios a los establecimientos de salud por las atenciones y medicamentos otorgados a los beneficiarios que en algunos casos supera los cinco meses, aunque explica que este retraso se debe en parte a errores de los propios centros de salud que no demandan el pago en los plazos establecidos.

Asimismo, se evidencia el funcionamiento deficiente en el sistema de Redes de Salud de los primeros niveles de atención que no cuentan con personal suficiente, infraestructura, insumos y medicamentos que permitan una atención de calidad, lo cual evitaría la remisión de los pacientes a otros niveles.  En cuanto a la disponibilidad de medicamentos, ésta es insuficiente y existen limitaciones en la cantidad y calidad y la provisión gratuita no se cumple en su totalidad.

Finalmente,  se conocieron de cobros adicionales por prestaciones, lo que se constituye en transgresiones a la norma, “se conoció que muchos pacientes tuvieron que cancelar por algunos estudios, laboratorios y otros, así como por medicamentos”.

Villena recordó que la Ley 475 de “Prestaciones de Servicios de Salud Integral”, debiera beneficiar a mujeres embarazadas; a niñas, niños menores de 5 años de edad; a mujeres y hombres a partir de los 60 años y a personas con discapacidad, con un total de 780 prestaciones; de ellas, 612 son atenciones ambulatorias y de hospitalización, 110 de laboratorios, 46 exámenes de diagnóstico y 12 prestaciones de banco de sangre segura.

Esta legislación incluye a los establecimientos de salud públicos, de la seguridad social de corto plazo y privados bajo convenio y absorbe, bajo un sistema único, al Seguro Universal Materno Infantil (SUMI) y del Seguro de Salud para el Adulto Mayor (SSPAM). Pese a la amplitud de las prestaciones y garantía de los servicios, esta norma se enfrenta a los problemas descritos, lo que impide que los derechos de las y los pacientes se cumplan.

Al respecto, el Defensor señaló que el acceso a la salud continúa siendo uno de los derechos más vulnerados e incumplidos en nuestro país y que es indudable que la salud en condiciones de accesibilidad, calidad y calidez, continúa siendo un privilegio en Bolivia.

“Para acceder a consultas de especialistas, es común que las personas enfermas deban esperar semanas o meses, e incluso todavía se pueden ver enfermos en los pisos de los hospitales esperando ser atendidos; en algunos centros de salud, se llega al extremo de rechaza la atención porque no hay espacios suficientes”, afirmó.

No obstante, señaló que en los últimos años se han emprendido importantes iniciativas para enfrentar este grave problema, que van desde el proyecto “Mi Salud” hasta la construcción de hospitales y el incremento del presupuesto para salud, pasando por la implementación, en Tarija y Chuquisaca, del seguro universal de salud.  “Aunque es meritorio el esfuerzo, resulta insuficiente y muchas veces improvisado y carente de verdaderas políticas, planificación y sostenimiento”, dijo.

El informe concluye realizando una serie de recomendaciones a los Gobiernos Autónomos Municipales y los Gobiernos Departamentales de los hospitales verificados.

FUENTE: La Defensoría del Pueblo del Estado Plurinacional de Bolivia

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