El Consejo Rector de la Federación Iberoamericana del Ombudsperson (FIO) rechaza las disposiciones del proyecto de reforma del Instituto Nacional de Derechos Humanos de Chile (INDH), presentado por el Poder Ejecutivo, que restringen sus atribuciones, debilitan su capacidad de proteger a las personas y comprometen su independencia. Estas medidas se apartan de las garantías de independencia, pluralismo y autonomía suficiente recogidas en los Principios de París, constituyen un retroceso en la protección de los derechos humanos y debilitan el control que una institución autónoma debe ejercer sobre la actuación del Estado.
Eliminar la facultad de presentar nuevas querellas penales, reducir los equipos jurídicos y territoriales y poner término anticipado a los mandatos de sus actuales autoridades debilita la capacidad del INDH para actuar frente a violaciones de derechos humanos y compromete su autonomía. Las consecuencias recaerían directamente sobre las personas que recurren al INDH para acceder a la justicia y exigir al Estado el respeto de sus derechos.
Las instituciones que integramos la FIO conocemos ese debilitamiento. Recibimos a personas cuyos derechos han sido vulnerados, acompañamos a las víctimas y exigimos respuestas. Nuestra independencia adquiere sentido precisamente cuando debemos intervenir frente a las autoridades. Toda reforma debe fortalecer nuestra capacidad de cumplir esa función. Por eso, no puede evaluarse únicamente por su reorganización administrativa o por el ahorro que promete, sino por la protección efectiva que ofrece a las personas.
Eliminar la facultad del INDH de presentar nuevas querellas penales priva a las personas de una herramienta fundamental de la garantía de acceso a la justicia. La denuncia no sustituye la participación activa en un proceso penal: la querella permite solicitar diligencias, impugnar decisiones y aportar una intervención especializada ante delitos tan graves como la tortura, el tráfico o la trata de personas. Aunque el proyecto conserva otras acciones judiciales, estas no sustituyen la facultad de presentar querellas como herramienta para hacer efectiva la garantía de acceso a la justicia.
Los recortes de personal previstos agravan este debilitamiento. El informe financiero que acompaña el proyecto contempla una reducción del 70 % del equipo de abogados de la unidad encargada de la protección de derechos y del 50 % de la dotación en las 16 regiones de Chile. De concretarse, estos recortes limitarían gravemente la capacidad del INDH para atender a las personas, documentar violaciones de derechos humanos y acompañar a las personas en el territorio.
Al mismo tiempo, el régimen transitorio propuesto compromete gravemente la independencia del INDH. El proyecto de ley pone término anticipado al mandato de sus actuales consejeros y los reemplaza por un Consejo de 5 integrantes, cuya nómina completa sería propuesta por el Poder Ejecutivo. Ese Consejo designaría al primer director ejecutivo sin concurso de Alta Dirección Pública y definiría aspectos centrales del nuevo funcionamiento institucional. Que el poder sometido a supervisión tenga una intervención tan determinante en la sustitución y reorganización de quien debe supervisarlo compromete la independencia que esa función exige.
El proyecto también elimina la elección directa de consejeros por las organizaciones de la sociedad civil y limita su participación a proponer candidaturas cuya designación queda en manos del Poder Ejecutivo con aprobación del Senado. Este cambio les quita capacidad de decisión en la integración del Consejo del INDH y debilita el pluralismo y la participación efectiva de la sociedad civil en la conducción del Instituto.
Los Principios de París exigen un mandato amplio, independencia, pluralismo y recursos suficientes. Cada país puede organizar su institución conforme a su realidad, pero debe garantizar esas condiciones en la ley y en la práctica. Una reforma que simultáneamente restringe atribuciones, recorta capacidades y debilita las garantías de independencia se aparta de ese propósito.
La FIO reconoce la legitimidad de mejorar la gestión, la transparencia y la rendición de cuentas del INDH. Esas mejoras deben reforzar su capacidad de protección y contar con participación efectiva del propio Instituto, de la sociedad civil y de las personas y comunidades que recurren a él. En aspectos centrales, el proyecto se aparta de las recomendaciones de la Comisión Asesora para el Fortalecimiento del INDH, que en 2025 propuso reforzar sus facultades de protección judicial, incluida la presentación de querellas, asegurar una integración mayoritaria de la sociedad civil y la academia en su Consejo y reconocer legalmente sus oficinas regionales. Estas recomendaciones ofrecen una base para mejorar el funcionamiento del Instituto preservando su independencia y fortaleciendo su capacidad de proteger a las personas.
Por estas razones, el Consejo Rector de la FIO insta al Congreso Nacional de Chile a no aprobar el proyecto en los términos señalados y al Poder Ejecutivo a revisar las disposiciones que debilitan al Instituto. Toda reforma debe preservar sus herramientas de protección judicial, garantizar recursos y presencia territorial suficientes y establecer procedimientos de designación y transición que resguarden su autonomía y pluralismo.
Expresamos nuestra solidaridad con el INDH, sus equipos y las personas a quienes sirve. La defensa de su independencia concierne al conjunto de la comunidad iberoamericana: aceptar su debilitamiento establece un precedente que compromete a todas nuestras instituciones.
La autonomía del INDH es una garantía de las personas frente al poder. Preservarla es una responsabilidad democrática del Estado de Chile.
Consejo Rector
Federación Iberoamericana del Ombudsperson

